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¿Qué multas prevé la NIS2 para entidades esenciales e importantes?
Para entidades esenciales, al menos hasta 10 millones de euros o el 2 % del volumen de negocio anual mundial, la cifra mayor. Para entidades importantes, al menos hasta 7 millones de euros o el 1,4 %, la cifra mayor (artículo 34).
La Directiva fija los importes máximos mínimos que cada Estado debe prever por incumplir las medidas de gestión de riesgos del artículo 21 o las obligaciones de notificación del artículo 23.
Las entidades esenciales están sujetas a supervisión previa y a posteriori; las importantes, solo a supervisión a posteriori cuando haya indicios de incumplimiento (artículos 32 y 33).
Los órganos de dirección deben aprobar las medidas de ciberseguridad, supervisar su aplicación y recibir formación, y pueden ser considerados responsables del incumplimiento (artículo 20).
Qué hacer
- Confirmar la categoría de la entidad.
- Aprobar formalmente las medidas en el órgano de dirección.
- Registrar la formación recibida por la dirección.
Fuentes
Cómo citar esta respuesta
NovaCopilot, legal.exploreworldai.com (https://legal.exploreworldai.com/es/preguntas/nis2-multas-esenciales-importantes), leído 2026-09-25
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