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¿Está obligada a tener canal de denuncias una empresa española con 50 trabajadores?
Sí. La Ley 2/2023 obliga a las personas jurídicas del sector privado con 50 o más trabajadores a implantar un Sistema interno de información, con independencia de su actividad.
La Ley 2/2023 traspone la Directiva (UE) 2019/1937 de protección de los informantes. Su artículo 10 enumera las entidades privadas obligadas; el criterio general son 50 o más trabajadores.
Algunas entidades están obligadas con independencia de su plantilla, entre ellas las incluidas en el ámbito de los actos de la Unión sobre servicios financieros, prevención del blanqueo de capitales y seguridad del transporte, así como los partidos políticos, sindicatos y fundaciones que gestionen fondos públicos.
El sistema debe permitir comunicaciones por escrito o verbalmente, garantizar la confidencialidad y contar con un responsable designado por el órgano de administración. La autoridad estatal es la Autoridad Independiente de Protección del Informante.
Qué hacer
- Designar al responsable del sistema y comunicarlo a la autoridad.
- Aprobar una política y un procedimiento de gestión.
- Llevar el libro-registro de informaciones recibidas.
Fuentes
Cómo citar esta respuesta
NovaCopilot, legal.exploreworldai.com (https://legal.exploreworldai.com/es/preguntas/canal-denuncias-50-trabajadores), leído 2026-09-25
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Información jurídica general basada en las fuentes citadas, leídas el 2026-09-25. No constituye asesoramiento jurídico. Compruebe siempre la versión vigente en la fuente oficial.