NovaCopilot · legal.exploreworldai.com
¿Debe una empresa española avisar a sus clientes de que hablan con un chatbot?
Sí. El artículo 50.1 del Reglamento de IA obliga al proveedor a diseñar el sistema de modo que las personas sepan que interactúan con una IA, salvo que resulte evidente para una persona razonablemente informada.
La obligación recae sobre el proveedor del sistema destinado a interactuar con personas físicas. La empresa que lo despliega debe asegurarse de que la información llega al usuario de forma clara y a más tardar en la primera interacción (artículo 50.5).
El mismo artículo exige marcar en formato legible por máquina los contenidos sintéticos de audio, imagen, vídeo o texto generados por IA, y a los responsables del despliegue que generen ultrasuplantaciones, revelar que el contenido es artificial.
Estas obligaciones se aplican a partir del 2 de agosto de 2026 y se suman a las de información del RGPD cuando el chatbot trata datos personales.
Qué hacer
- Mostrar un aviso al inicio de la conversación.
- Comprobar que el proveedor marca los contenidos generados.
- Actualizar la información sobre privacidad.
Fuentes
Cómo citar esta respuesta
NovaCopilot, legal.exploreworldai.com (https://legal.exploreworldai.com/es/preguntas/ley-ia-chatbot-transparencia), leído 2026-09-25
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Información jurídica general basada en las fuentes citadas, leídas el 2026-09-25. No constituye asesoramiento jurídico. Compruebe siempre la versión vigente en la fuente oficial.